Monday, May 25, 2020

Deudas, mal crédito, bancarrota y efectos migratorios

Al iniciar un trà ¡mite migratorio como, por ejemplo, una peticià ³n de familiar o naturalizacià ³n para obtener la ciudadanà ­a americana es comà ºn preguntarse si las deudas pendientes, un mal crà ©dito o la bancarrota  pueden afectar negativamente a la solicitud. La razà ³n de esa preocupacià ³n nace, por una parte, del requisito de tener una situacià ³n situacià ³n econà ³mica saneada para solicitar ciertos beneficios migratorios, como por ejemplo la peticià ³n de cà ³nyuge, hijos, hermanos o padres y, por otro, porque cierto tipo de deudas impide que salgan adelante peticiones migratorias.   Por su importancia, en este artà ­culo se explica en quà © casos y  cà ³mo esas situaciones pueden afectar a los casos migratorios, destacando en primer lugar cuando son irrelevantes y, en segundo lugar, cuando sà ­ se tienen en cuenta a la hora de decidir si se aprueba o no una peticià ³n migratoria. Ademà ¡s, se seà ±alan quà © beneficios recibidos del gobierno se consideran carga pà ºblica y, por lo tanto, afectan negativamente y, por otro lado, cuà ¡les se pueden recibir sin problemas porque no tienen consecuencias migratorias. Casos en los que las deudas y mal crà ©dito no tienen consecuencias migratorias Si se tiene una deuda por no pagar, por ejemplo, a la compaà ±Ãƒ ­a de telà ©fono, una deuda privada, la factura de un mà ©dico, etc, no tiene generalmente efectos ni consulares ni migratorios negativas. Es decir, no afecta a lo que se resuelve con respecto a la peticià ³n. Y ello es asà ­ porque se considera que son asuntos civiles. Lo mismo sucede con el mal crà ©dito. En el caso de peticiones para un familiar de la tarjeta de residencia permanente, tambià ©n conocida como  green card,  lo que importa es que el solicitante tenga ingresos y/o patrimonio  suficientes y demostrables para cubrir las obligaciones del affidavit of support, tambià ©n conocido como declaracià ³n de sostenimiento. Si tiene mal crà ©dito o deuda pendiente, es irrelevante. Casos en los que las malas finanzas sà ­ tienen efectos migratorios Cuando la deuda se convierte en un asunto penal, como por ejemplo, en una estafa u otros semejantes entonces sà ­ que tiene efectos migratorios y puede ser causa para que nieguen visas, peticiones de residencia permanente o de ciudadanà ­a por naturalizacià ³n. Tambià ©n puede ser una causa para que se impida en el control de paso migratorio  el ingreso a Estados Unidos de un extranjero. Si la deuda es con la Hacienda de Estados Unidos (IRS), tambià ©n es un problema que hay que resolver antes de iniciar los trà ¡mites con inmigracià ³n o los consulados. Si la deuda es mà ©dica y el importe de la factura lo pagà ³ Medicaid, tambià ©n puede ser muy problemà ¡tico si se considera que fue un caso de carga pà ºblica. Por ejemplo, si una mujer extranjera tiene a un bebà © en Estados Unidos y no paga por el parto y luego se regresa a su paà ­s, tanto esa mamà ¡ como el papà ¡ el bebà © pueden perder la visa de turista. Con el agravante de que no hay forma de salirse de este problema en concreto. Si se trata de una deuda por no pagar pensià ³n alimenticia (child support), segà ºn las circunstancias del caso puede tener como consecuencia que no se pueden obtener visas americanas, ni la residencia permanente y la ciudadanà ­a por naturalizacià ³n. Y, en casos extremos, puede dar lugar incluso a la deportacià ³n. Incluso, dependiendo del monto de la deuda, los ciudadanos americanos pueden encontrase con que no pueden sacar el pasaporte y, por lo tanto, no pueden viajar internacionalmente. Destacar que el child support puede ser solicitado no sà ³lo para nià ±os que viven en Estados Unidos sino tambià ©n en el caso de residir en otros paà ­ses cuando tienen a al menos el padre o la madre viviendo en Estados Unidos. En estos casos, tener en cuenta que  la Embajada americana en el paà ­s de residencia del menor no puede ayudar en estos casos. La razà ³n es que este es un tema de los estados,  no del gobierno federal. Algunos paà ­ses, como  Mà ©xico, tienen firmados acuerdos de reclamo de pensià ³n alimenticia con varios estados.  En los casos en los que no hay tales acuerdos y se desea exigir el pago de dicha pensià ³n, contactar con la agencia de  child support  del estado en el que vive el papà ¡ o la mamà ¡. O contratar a un  abogado en dicho estado. Ademà ¡s, tener en cuenta que el tener un papà ¡ que es estadounidense  no da automà ¡ticamente derecho a adquirir la ciudadanà ­a americana  cuando se nace fuera de los Estados Unidos. Ademà ¡s  que en el caso de reclamar pensiones de alimentos en el caso de nià ±os nacidos fuera de matrimonio primero es necesario  establecer legalmente la filiacià ³n. Quà © beneficios son considerados como una carga pà ºblica Uno de los requisitos legales para ser admisible a los Estados Unidos es no ser considerado una carga pà ºblica. Y es que por esta causa se pueden negar un amplio abanico de peticiones o solicitudes migratorias como, por ejemplo, una  visa no inmigrante o una visa inmigrante o el ajuste de Estatus o para adquirir la ciudadanà ­a por naturalizacià ³n. Se considera que es una carga pà ºblica haber recibido del gobierno beneficios monetarios como, por ejemplo, el Suplemento de Ingresos de Seguridad (SSI, por sus siglas en inglà ©s), o Asistencia Temporal a Familias en Necesidad  (TANF, por sus siglas en inglà ©s). Destacar que estos beneficios pueden recibir otros nombres dependiendo del estado. Por ejemplo,   en California al programa TANF se le conoce como CalWorks. Finalmente, tener en cuenta que la regla general sobre los efectos migratorios de recibir beneficios considerados como carga pà ºblica tiene importantes excepciones. Por ejemplo, asilados y refugiados pueden recibir TANF y SSI sin problemas. Quà © beneficios no se consideran carga pà ºblica Se puede recibir del gobierno sin problemas WIC para infantes y embarazadas, cupones o estampillas de alimentos, que en California reciben el nombre de Calfresh. Asimismo, se puede aceptar ayuda a la vivienda o para guarderà ­as, Headstar o Medicaid para menores. En otras palabras, recibir este tipo de  beneficios no perjudica a peticiones o solicitudes migratorias que se realicen despuà ©s. Quà © hacer si se tiene una deuda con posibles consecuencias migratorias Si se tienen dudas sobre si una deuda puede afectar negativamente a una peticià ³n migratoria, antes de presentarla es recomendable contactar con un abogado de buena reputacià ³n o con una organizacià ³n de apoyo legal a migrantes para determinar si realmente tiene impacto migratorio y, en caso afirmativo, decidir quà © pasos tomar.   Generalmente en estos casos, lo mà ¡s recomendable es contactar con la agencia encargada del cobro de la deuda (collection agency  en inglà ©s) e intentar llegar a un acuerdo sobre la cantidad a pagar y los plazos para hacerlo. Este es un artà ­culo informativo. No es asesorà ­a legal.

No comments:

Post a Comment

Note: Only a member of this blog may post a comment.